martes, 10 de noviembre de 2009

EL HAMBRE EN LA TIERRA DE LA ABUNDANCIA
Primera Parte

Los chaqueños nos debemos un profundo debate sobre las razones del hambre en las zonas rurales. Que es en gran medida el que determina el éxodo hacia las ciudades y la formación de villas en las que se agudiza la miseria y los conflictos sociales. Si somos capaces de darlo podremos encontrar el comienzo de las soluciones, de lo contrario nos aguardan tiempos de mayores bolsones de degradación humana y miseria incomprensible en esta tierra de la abundancia.

Otros tiempos. La autosatisfacción del consumo con trabajo y dignidad.
Los que tenemos algunos años, y hemos nacido y crecido en el campo conocimos otra forma de vida. Una vida en la que las necesidades alimentarias eran holgadamente satisfechas con el trabajo diario de la familia en la producción para el autoconsumo, paralelamente a la actividad productiva comercial.
Nacimos y vivimos en aquellas colonias de los años 50/60 por ejemplo, donde en cada chacra la casa era construida por sus moradores, primero rancho de palo a pique y enchorizado de barro, las que luego, ahorrando peso sobre peso, se transformaron en viviendas de material, algunas verdaderas mansiones para aquellos tiempos y también para los actuales. Ni materiales, ni chapas, ni jornales, ni Plan Trabajar, ni Programas de Entrenamiento Laboral (PEL), ni PEC, ni becas, ni mucho menos Ayuda Alimentaria, ni nada de parte del estado. Solo trabajo, trabajo y más trabajo familiar. Y ahorro, deseos de progreso, y una clara escala de prioridades. La comida, la escuela y la vivienda estaban antes que la radio, el reloj y la bicicleta. Esto en chacras pequeñas, trabajadas por la familia e incorporación de mano de obra extra exclusivamente para las carpidas y cosechas en algunos casos. El Ministerio de Desarrollo Social al que se recurría por comida, sin listas, sin punteros, sin pícaros “lideres” piqueteros, sin clientelismo, con enorme dignidad, era la tierra. La tierra proveía y provee toda la comida necesaria. Solo nos exige que la trabajemos, que nos levantemos bien temprano todos los días para que ella nos devuelva todo lo que le pidamos.

Recordamos esas casas rodeadas de frutales tales como naranjas, mandarinas, peras, granadas, duraznos, manzanas verdes, higos, naranjas amargas para dulces, con sus quintas de una hectárea en la que no faltaba lechuga, acelga, repollo, tomates, zanahorias, rabanitos, maíz para choclos, zapallos, sandías, pimientos, cebollas, ajo, perejil, parrales con uvas, diez cajones de abejas, cien o más gallinas, patos, pavos, guineas, etc., etc. Además de un número suficiente de ovejas, chivos y cerdos para el consumo, como así también unos pocos vacunos para la obtención de abundante leche y la entrega de tanto en tanto de uno al carnicero de la zona para luego retirar carne. Habiendo leche nunca faltaba manteca, quesos de distintos tipos, dulce de leche, y lo que fue la avanzada de los actuales yogures. Con la miel sobreabundante se hacían refrescos y una bebida espirituosa producto de la fermentación. Las frutas que no se consumían frescas se transformaban en dulces que se almacenaban para el consumo anual. Las ovejas cuya carne se aprovechaba fresca o se ahumaba como el cerdo, proporcionaban también la lana que los chicos lavábamos, secábamos y cardábamos para colchones y almohadas.

Trabajo, prioridades, ahorro y espíritu de progreso como bases del desarrollo.
Así crecimos, y, los de aquellas generaciones, lo recordamos y destacamos con una enorme gratitud hacia esas mujeres y esos hombres, luchadores natos y aguerridos si los hubo. Criollos, santiagueños, correntinos, nativos, y también gringos. Estos, más pobres materialmente que los más pobres de hoy. Venían del otro lado del mundo, muertos de hambre y con lo puesto. En su vida habían escuchado una sola palabra en castellano. El estado argentino los acogió y les otorgó un pequeño pedazo de tierra, herramientas de mano, algunos bueyes y semillas. Esto una sola vez. Repito: una sola vez. Mi padre vivió hasta los noventa y un años, y cada día de su vida agradeció al estado argentino esa única vez que lo ayudó. El y los de su tiempo no necesitaron más. Eran dignos, trabajadores, amaron a la tierra que les dio todo, y tenían en sus corazones el espíritu del progreso y la construcción de una mejor calidad de vida para sí, pero especialmente para sus hijos. Se levantaban a las cinco de la mañana –hete aquí uno de los grandes secretos-, no había tractores, no había luz eléctrica, no había cocinas a gas, no había radio ni televisión, no había celulares, no había medios de movilidad, ni caminos, solo picadas, pero tenían lo más valioso que un ser humano debe tener: dignidad y cultura del trabajo. Así nos criaron: sin carencias alimenticias de ningún tipo y con una obligación indiscutible: ir a la escuela, estudiar, instruirnos, progresar.

Plagas, pérdidas, mas trabajo, solidaridad y progreso.
Se enfrentaron a persistentes, grandes y destructoras plagas, eran muchas, pero vale recordar dos:
La primera de ellas la constituían las langostas, que cubrían los horizontes y tapaban el sol. Verdaderas nubes que oscurecían el día más espléndido y también el promisorio futuro. Cuando hambrientas se lanzaban sobre los campos en busca de su alimento, que no era otro que el fruto del trabajo de nuestros mayores, dejaban la tierra yerma... el trabajo rudo con bueyes y arados mancera… la esperanza puesta en esas melgas se hacían añicos en un instante... Resuena en nuestros oídos el sonido que producían las langostas comiendo las tiernas plantitas de algodón hasta dejar solo interminables hileras de desnudos palitos. En nuestra memoria y en nuestras retinas quedarán para siempre las imágenes de la desesperación de los mayores, hombres y mujeres corriendo campo traviesa agitando trapos y gritando en el vano intento por evitar la catástrofe. Y su regreso a casa usando en casos el mismo trapo para secar las lágrimas por el enorme esfuerzo esfumado. Luego de perder toda la siembra, y sin dejar ni llevar el arado para cortar rutas y mendigar dádivas que dañan la dignidad propia, redoblaban el esfuerzo, madrugaban más y prolongaban las jornadas para recuperar lo perdido. Y de esa manera, en muchos casos con la ayuda solidaria de vecinos, parientes y amigos que habían tenido la suerte de no perder lo suyo, se impusieron también a las dificultades ocasionadas por esta terrible plaga que podemos llamar depredadora natural.

Proximamente la Segunda Parte

lunes, 9 de noviembre de 2009

Con quiénes quedarse
Por Eduardo Aliverti

Todos hablan de un clima de violencia. Y hasta de “anarquía”. Sea porque los medios espejan el humor colectivo o porque lo producen (el periodista insiste en creer que se trata de una simbiosis), no se debe caer en la extravagancia de ignorar el tema.Una primera visión es sobre los hechos en sí mismos, que dejan mucha tela para cortar en su proyección ideológica aunque ésta, después, quede encerrada a su vez en una mucho mayor. Los episodios que encabezan esa traza de estado de ánimo son el conflicto de los trabajadores del subte y la renovación de las protestas piqueteras. La suma de ambos fue el combustible que hizo estallar los nervios de clase media, y bastante para arriba más otro poco para abajo. Un primer dato es que los avatares se circunscriben a las dificultades de transporte público en Capital y conurbano bonaerense; de modo que, por lo pronto, no es objetivo expandir la sensación de “caos” a todo el país. Pero el segundo dato, sin perjuicio del primero, es que efectivamente hay demasiada gente afectada y que eso crea un choque serio de intereses y necesidades. Todo lo cual es una obviedad, a la que sin embargo hay que remitirse porque las inclinaciones de cada quien hacen que se caiga en extremismos emocionales y analíticos. Es decir: que sólo es un drama de porteños y adyacentes o que es un símbolo de la Argentina completa. Y no es ni un exceso ni el otro. Porque es cierto que lo que acaece en Buenos Aires y alrededores fija la agenda mediática, y con ello la construcción de “sentido común” general y lo que “la gente” piensa que tiene que pensar. Pero no es lo que les pasa a 40 y pico de millones de habitantes. Si fuera por lo negativo, además, es mucho más grave lo que ocurre en zonas del interior devastadas por la sequía. Eso refleja un drama estructural que incluye una vasta Córdoba ya sin agua. Y en términos de vida cotidiana es enormemente más complicado que arreglárselas para viajar si, de vez en cuando, debe esquivarse la 9 de Julio, o con la Panamericana cortada, o sin subte. ¿Qué pasa si se coteja eso con el despliegue mediático que merecen las colas en los colectivos y la bronca de los automovilistas de y hacia la Capital? Pasa que da una visión porteño-céntrica de cómo nos va en la vida. Que es nuestra vida y vale, vaya, pero no la única. Y entonces hay que ponerse a pensar en cómo los medios nos hacen la cabeza, con el inconveniente de que pensar es todo un trabajo y que es mejor dejarse llevar por los impactos primarios.Luego, siempre dentro de lo coyuntural y de los primeros círculos concéntricos, vendría si las tácticas de quienes luchan, en forma más manifiesta o expuesta, son todo lo pensadas y eficientes que deberían ser. Los laburantes del subte, que en número y capacidad militante superan ampliamente a la burocracia del sindicato oficial, pelean por el reconocimiento gremial. Y ese aspecto combativo debería ser juzgado como beneficioso por el conjunto de la clase trabajadora: si ganan el conflicto se sentaría un precedente importante para que otros sectores se animen a pelear por nuevos y mejores derechos laborales. Pero la problemática es mucho más grande porque quedan aislados de la simpatía popular en tiempos que, desde hace rato, no son protagonizados por la conciencia de clase. “La gente” quiere viajar y llegar a su trabajo y a su casa, y que no la jodan. Reclamarle espíritu solidario sin más ni más es fantasioso. Ahí aparece la pregunta de si no cabría imaginar métodos de disputa más creativos. Sin embargo, eso tiene el límite de cuáles podrían ser cuando la tensión llegó hasta este punto gracias, entre otros motivos, a la tozudez gubernamental de continuar amparándose en el unicato del sindicalismo verticalista. Un aspecto que se extiende al rechazo de otorgar personería gremial a la CTA, para seguir confiando en un gremialismo de amigotes que, con excepciones, representa a nadie cada vez más. Kraft ya había sido un antecedente, cercano y explícito, de que la dirigencia tradicional está en un serrucho imparable de decadencia, al margen de los errores que se cometan por parte de los delegados más aguerridos.Hay cierta analogía con las manifestaciones de los movimientos sociales. “Algunos de sus jefes deberían elevar la mira de objetivos. Un muy estimable colega de la derecha periodística más seria, Ignacio Zuleta, escribió el miércoles pasado, en Ambito Financiero, que “los piqueteros presumen de ser una etapa superior del punterismo político, surgidos de la crisis de la dirigencia y que en sus respectivas vecindades desplazaron del poder al intendente, al puntero político, al comisario, a los partidos de la oposición, al cura y al narcotraficante”. Y tiene razón, con la salvedad de que debe apuntarse a (algunos de) quienes están al frente de esos grupos en lugar de emblocar a todos sus integrantes, como si debiese demandarse “responsabilidad” a los que perdieron todo o nunca tuvieron nada. Es ahí donde cuenta la estatura que deben tener los líderes, en su lucidez política. Para ganar hay que mostrar realizaciones, despertar confianza, explicar bien, y no quedar sospechados de que sólo es cuestión de conseguir un plan de ayuda. No es lo mismo Milagro Sala, quien encabeza en Jujuy una de las más formidables experiencias de organización popular de base, que unos pretendientes de revolucionarios que acaban como meros revoltosos funcionales al sistema. Pero también en esto hace falta que el Gobierno se haga cargo de que, tras la crisis de 2001, el drama social de los marginados fue antes barrido debajo de la alfombra, a través del asistencialismo y la cooptación de las organizaciones, que apuntado para ser resuelto en el mediano y largo plazo. Si eso tuvo justificación en que lo urgente antecedía a lo importante, a medida que la economía se recuperaba dejó de tenerla porque no fue aprovechado para corregir los núcleos duros de pobreza e indigencia. Los invisibilizaron por un tiempo, nada más. Y ahora resulta que se da la paradoja de su reaparición cuando se aprueba la asignación universal por hijo, porque algunos de esos colectivos sociales quedan fuera de la distribución a favor de los eternos caudillos distritales del PJ. El Gobierno y los movimientos terminaron entrampados en su habitualidad.Pero lo que queda es nada menos que el contexto mayor que, también paradójicamente, no requiere de muchas líneas. Porque bien por encima de toda esa fenomenología hay, ya ni siquiera agazapado, el ataque y las construcciones fantasmales de los sectores del privilegio. Es hora de reiterar, sin cansarse nunca, que deberían activarse reflejos inmediatos cuando los garcas de toda la vida empiezan a hablar de violentos, de zurdos, de patotas, de prevenirse, de los derechos del ciudadano de a pie, de las instituciones violadas, de parar como sea a la inseguridad, de la corrupción desenfrenada, del campo que no da más y de los ataques a la prensa. Ya los conocemos a esos tipos. Nos quedamos con sus acusados.
Página12

domingo, 8 de noviembre de 2009

CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES
NATURALEZA Y FINALIDAD

CONSIDERANDO:

Que el Estado debe disponer de los instrumentos adecuados para priorizar, articular y coordinar cada una de las políticas y administrarlas de manera eficiente, incorporando nuevas tecnologías, estructuras organizativas acordes con los planes de gobierno;

Que es necesario dar eficacia y eficiencia al presupuesto por programa, gestión por resultados y acción territorial del estado;

Que esta acción territorial tiene expresión institucional en el Decreto 35/09 que propone diseño de articulación - acción territorial;

Que el Instituto de Colonización ha definido dentro del Subprograma de Fortalecimiento Institucional, que coayuve a la reconversión productiva, la promoción de “Consorcio de Servicios Rurales “para y con los pequeños productores;

Que el documento “Base de Políticas Publicas para el planeamiento estratégico de agricultura familiar”, define como una herramienta fundamental de las políticas que pretende impulsar el Instituto de Colonización la generación de los consorcios mencionados;

Que el Subprograma de Fortalecimiento y Reconversión Productiva, columna vertebral en el mediano y largo plazo, para la viabilidad social y económica de pequeños productores, exige a su vez contar con sólidos consorcios de servicios para su implementación;

Que el aporte del estado contribuirá a la participación de los actores no estatales, de tal manera que se alcance la racionalidad y sinergia al zonificar estos ámbitos de servicios, asegurando no solo la descentralización operativa sino también mayor control social, y permitir que las decisiones sean tomadas por los propios actores del territorio;

Que una de las debilidades históricamente no resueltas, ni abordadas para el sector de pequeños productores de la agricultura familiar, es la ausencia de u sistema adecuado de servicios rurales en tiempo y forma, que contribuyan al desarrollo de niveles de productividad rentable;

Que estos servicios esenciales (financiamiento, labranza, comercialización, otros servicios como sanidad animal y vegetal, asistencia técnica, capacitación, agrometereología, genética, seguro agropecuario, investigación de mercado, etc.) que se encuentran resueltos en otro niveles contratando expertos, esta población de la agricultura familiar solo pueden encararlo en un proceso de cogestión con participación de sus asociaciones y el estado (municipios, provincia y nación);

Que es necesario instrumentar sistemas que brinden mayor transparencia a la gestión del estado y la sociedad en conjunto, que promuevan una progresiva autonomía de los productores y asociaciones en sus territorios, que permitan el planeamiento territorial participativo, asegurando la continuidad de líneas de trabajo independientemente de las gestiones coyunturales;

Que este proceso contribuirá a fortalecer la autoestima de los productores aspecto esencial para asegurar el arraigo de esta población en su lugar de origen, frenando la migración hacia la periferia urbana persistentemente acontecida en los últimos años;

Que por lo expuesto, corresponde el dictado del presente instrumento legal;

ARTICULO 1.- CREASE EN LA PROVINCIA DEL CHACO, EL REGIMEN DE CONSORCIOS
DE SEVICIOS RURALES QUE SERAN ENTIDADES DE BIEN PUBLICO, DE SERVICIOS A LAS ORGANIZACIONES DE PEQUEÑOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, SIN FINES DE LUCRO, INTEGRADOS POR VECINOS DE UNA ZONA DETERMINADA, CON EL OBJETO DE AUNAR ESFUERZOS Y APORTES ECONOMICOS DE DISTINTA NATURALEZA PARA:

A) RELEVAR LAS FAMILIAS RURALES ASENTADAS EN SU ZONA DE INFLUENCIA, LA TOTALIDAD DE HECTAREAS EXISTENTES, ACTIVIDAD AGRICOLA Y PECUARIA, INFRAESTRUCTURA PREDIAL Y EXTRAPREDIAL EXISTENTE, TODO OTRO DATO QUE SURJA NECESARIO PARA LLEVAR ADELANTE LOS PROCESOS PRODUCTIVOS EN OPTIMAS CONDICIONES.

B) PRESTAR SERVICIOS DE MAQUINARIAS, HERRAMIENTAS EQUIPOS ESPECILES PARA TODAS LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS QUE SE DESARROLLEN EN LA ZONA PARTIR DE UNA PLANIFICACION

C) CELEBRAR CONVENIOS CON ORGANISMOS GUBERNAMENTALES Y NO GUBERNAMENTALES QUE BENEFICIEN A SUS ASOCIADOS.

D) GESTIONAR Y ORGANIZAR LA COMERCIALIZACION EN FORMA ASOCIADA, GENERANDO PARA ESTO LOS INSTRUMENTOS NECESARIOS QUE FAVOREZCAN EL INGRESO A MERCADOS PROVINCIALES Y NACIONALES.

E) TODA OTRA ACTIVIDAD QUE, POR SU NATURALEZA, BENEFICIE EL PROCESO PRODUCTIVO.


ARTICULO 2.- LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES SERAN PERSONAS JURIDICAS
DE DERECHO PUBLICO NO ESTATAL, CON CAPACIDAD PARA ACTUAR PUBLICA O PRIVADAMENTE Y PARA ADQUIRIR DERECHOS Y CONTRAER OBLIGACIONES A PARTIR DE SU RECONOCIMIENTO POR EL INSTITUTO DE COLONIZACION Y LA DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS.


OBJETIVOS

ARTICULO 3.- JERARQUIZAR MODELOS PRODUCTIVOS PARA LA AGRICULTURA FAMILIAR
A PARTIR DEL ASOCIATIVISMO Y LA INCORPORACION DE TECNOLOGIAS APROPIADAS QUE MODIFIQUEN EL ATRASO Y MARGINACION DE LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES.

ARTICULO 4.- GARANTIZAR EL LABOREO NECESARIO, EN TIEMPO Y FORMA, QUE
MEJORE LA PRODUCCION DE LOS ASOCIADOS DEL CONSORCIO.

ARTICULO 5.- PLANIFICAR LA PRODUCCION DE MANERA QUE SEA PREVISIBLE EL
VOLUMEN Y LA CALIDAD, TANTO AGRICOLA COMO PECUARIA Y FORESTAL, QUE GARANTICE UNA COMERCIALIZACION EN CONDICIONES DE COMPETITIVIDAD.

ARTICULO 6.- LLEVAR ADELANTE LOS PROGRAMAS FORESTALES A PARTIR DE LA IMPLEMENTACION DE LA LEY BONASSO Y SUS COMPLEMENTARIAS PROVINCIALES EN EL AMBITO DE LA AGRICULTURA FAMILIAR.

CONSTITUCION

ARTICULO 7.- PARA CONSTITUIR EL CONSORCIO DE SERVICIOS RURALES, DEBERA
INTEGRARSE UNA COMISION PROMOTORA, COMPUESTA POR LO MENOS DE QUINCE (15) PERSONAS REALES, MAYORES DE 21 AÑOS, HABILES Y CON DOMICILIO REAL EN LA ZONA DE INFLUENCIA DEL FUTURO CONSORCIO CUYA CREACION SE PROPONE. ESTA COMISION DEBERA PRESENTAR:

A) NOMINA DE FUTUROS SOCIOS ACTIVOS, NO INFERIOR A
VEINTICINCO (25);
B) DETERMINACION DE LA JURISDICCION TERRITORIAL QUE PRETENDE
ATENDER PRESENTANDO CROQUIS DE LOS MISMOS.

CUMPLIDOS ESTOS REQUISITOS SE REMITIRAN COPIAS DE LOS MISMOS E INFORMES SOBRE LA NECESIDAD DE CONSTITUCION DEL CONSORCIO AL INSTITUTO DE COLONIZACION, EL QUE DEBERA EXPEDIRSE EN UN PLAZO NO MAYOR DE SESENTA (60) DIAS POR RESOLUCION FUNDADA.

ARTICULO 8.- EL CONSORCIO DE SERVICIOS RURALES SE CONSTITUIRA EN ASAMBLEA
PUBLICA DE PERSONAS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA SER SOCIOS CONSORCISTAS, AJUSTANDO SU FUNCIONAMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ESTATUTO TIPO QUE LA ASAMBLEA APRUEBE Y QUE DEBERA DEFINIR CON PRECISION LOS FUNDAMENTOS Y FINALIDADES DEL CONSORCIO.

ARTICULO 9.- EL CONSORCIO DE SERVICIOS RURALES SERA CONSTITUIDO POR LOS
SOCIOS CONSORCISTAS CLASIFICADOS EN LAS SIGUIENTES CATEGORIAS:
A) SOCIOS CONSORCISTAS ACTIVOS: SERAN LAS PERSONAS FISICAS
MAYORES DE VEINTIUN (21) AÑOS, HABILES, QUE SEAN
PROPIETARIOS, ADJUDICATARIOS, OCUPANTES DE PROPIEDADES INMUEBLES RURALES UBICADOS EN LA JURISDICCION
DEL CONSORCIO, CON DOMICILIO REAL,
Y QUE ACREDITEN UNA ANTIGUEDAD EN ESE CARACTER NO MENOR
DE UN (1) AÑO A LA FECHA EN QUE SE ASOCIE. EL SOCIO
CONSORCISTA ACTIVO PODRA SER ELECTO PARA INTEGRAR LOS
DISTINTOS ORGANOS DE GOBIERNO DEL CONSORCIO Y TENDRA VOZ Y VOTO
EN LAS DECISIONES QUE SE ADOPTEN EN LOS MISMOS, SIEMPRE
QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ESTATUTO
TIPO;
B) SOCIOS CONSORCISTAS DE REPRESENTACION NECESARIA: SERAN
LAS PERSONAS FISICAS, MAYORES DE VEINTIUN (21) AÑOS, HABILES, QUE ACTUARAN EN NOMBRE Y REPRESENTACION DEL O LOS MUNICIPIOS DE JURISDICCION DEL CONSORCIO Y DEL INSTITUTO DE COLONIZACION. EL SOCIO CONSORCISTA DE REPRESENTACION NECESARIA, OCUPARA UNA DE LAS VOCALIAS TITULARES DE LA COMISION DIRECTIVA, CON VOZ Y VOTO EN LA TOMA DE DECISIONES EN DICHO ORGANO A IGUAL QUE EN LA ASAMBLEA GENERAL, SIEMPRE QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ESTATUTO TIPO Y EN NINGUN CASO PODRA OCUPAR OTRO CARGO DE LA COMISION DIRECTIVA. EN EL CASO DE QUE EN LA JURISDICCION ASIGNADA AL CONSORCIO, EXISTIERAN MAS DE UN MUNICIPIO, LOS MISMOS DEBERAN ACORDAR LA DESIGNACION DE LA PERSONA QUE LO REPRESENTARA EN ESTE CARACTER DE SOCIO;
C) SOCIOS CONSORCISTAS ADHERENTES:SERAN LAS PERSONAS FISICAS
MAYORES DE VEINTIUN (21) AÑOS, HABILES, Y LAS PERSONAS
JURIDICAS PUBLICAS Y PRIVADAS QUE POSEAN INTERESES DENTRO
DE LA JURISDICCION DEL CONSORCIO, ORIGINADOS EN EL
EJERCICIO DE SUS ACTIVIDADES NORMALES Y QUE SERAN
REPRESENTADAS CADA UNA DE ELLAS POR UNA PERSONA FISICA,
MAYOR DE VEINTIUN (21) AÑOS, HABIL, Y QUE CUMPLAN CON LOS
REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ESTATUTO TIPO. EL SOCIO
CONSORCISTA ADHERENTE SOLO TENDRA VOZ EN LA ASAMBLEA
GENERAL, PERO EN NINGUN CASO PODRA OCUPAR CARGOS EN LOS
ORGANOS DE GOBIERNO DEL CONSORCIO.

ARTICULO 10.- EL CONSORCIO DE SERVICIOS RURALES ESTARA REGIDO POR LOS
SIGUIENTES ORGANISMOS:ASAMBLEA GENERAL, COMISION DIRECTIVA, COMITE EJECUTIVO Y COMISION REVISORA DE CUENTAS.

ARTICULO 11.- LA ASAMBLEA GENERAL ES LA AUTORIDAD MAXIMA DEL CONSORCIO,
QUE PODRA SER ORDINARIA O EXTRAORDINARIA. PARA SESIONAR LA ASAMBLEA GENERAL DEBERA TENER QUORUM LEGAL FORMADO POR LA MITAD MAS UNO (1) DE LOS SOCIOS EN CONDICIONES DE VOTAR Y QUE SE CUMPLIMENTEN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA REGLAMENTACION Y ESTATUTO TIPO PARA SU FUNCIONAMIENTO.
LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, SE REALIZARA ANUALMENTE PARA TRATAR ESPECIALMENTE LA MEMORIA, BALANCE E INVENTARIO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO VENCIDO, EL ESTADO DE CUENTAS A LA FECHA DE LA ASAMBLEA, LA FIJACION DE LA CUOTA SOCIETARIA, APROBACION DE LA INCORPORACION DE NUEVOS SOCIOS, RENOVACION DE AUTORIDADES Y TODO OTRO ASUNTO QUE HAYA SIDO INCLUIDO EN EL ORDEN DEL DIA DESDE LA CONVOCATORIA A ASAMBLEA.
LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA SE REALIZARA CADA VEZ QUE SEA CONVOCADA POR LA COMISION DIRECTIVA O A PEDIDO DE LA COMISION REVISORA DE CUENTAS O PEDIDO DE NO MENOS DEL VEINTE (20%) POR CIENTO DE LOS SOCIOS CONSORCISTAS EN CONDICIONES DE VOTAR Y HABILITADOS A ESE EFECTO CONFORME LO ESTABLECE EL ESTATUTO TIPO,
EN AMBOS CASOS SUS RESOLUCIONES SERAN VALIDAS POR EL VOTO DE LA MITAD MAS UNO (1) DE LOS PRESENTES. SERA REQUISITO INDISPENSABLE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL, LA COMUNICACION FEHACIENTE AL INSTITUTO DE COLONIZACION, CON POR LO MENOS QUINCE (15) DIAS DE ANTICIPACION.

ARTICULO 12.- LA COMISION DIRECTIVA SERA ELEGIDA POR EL VOTO SECRETO DE
LOS ASOCIADOS EN CONDICIONES DE VOTAR Y TENDRA A SU CARGO LA DIRECCION Y ADMINISTRACION DEL CONSORCIO DE SERVICIOS RURALES. ESTARA INTEGRADA POR NUEVE (9) MIEMBROS TITULARES Y TRES (3) SUPLENTES, QUIENES SE DISTRIBUIRAN LOS CARGOS DE LA SIGUIENTE FORMA: UN (1) PRESIDENTE, UN (1) VICEPRESIDENTE, UN (1) SECRETARIO, UN (1) PROSECRETARIO, UN (1) TESORERO, UN (1) PROTESORERO Y TRES (3) VOCALES TITULARES, DEBIENDO SER UNO (1) DE ESTOS CARGOS DE VOCALES OCUPADO POR EL SOCIO CONSORCISTA DE REPRESENTACION NECESARIA A PROPUESTA DEL O LOS MUNICIPIOS Y PROCLAMADO POR LA ASAMBLEA GENERAL.
LOS MIEMBROS SUPLENTES OCUPARAN LOS CARGOS DE VOCALES SUPLENTES ELEGIDOS EN EL ORDEN DEL PRIMERO AL TERCERO A EFECTOS DE CUBRIR LAS EVENTUALES VACANTES.
LOS CONSORCISTAS ELECTOS SON PERSONAL Y SOLIDARIAMENTE RESPONSABLES DEL MANEJO DE LOS BIENES QUE LES SON CONFIADOS, NO RESPONDIENDO CON SUS BIENES PERSONALES POR LOS ACTOS EJECUTADOS U OBLIGACIONES CONTRAIDAS EN REPRESENTACION DEL CONSORCIO, SALVO QUE SE DETERMINARE QUE HUBO DOLO O CULPA EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES. ADEMAS NO PODRAN PERCIBIR RETRIBUCION O VENTAJA ALGUNA POR EL DESEMPEÑO DEL CARGO, CUYO MANDATO DURARA DOS (2) AÑOS.
LOS MANDATOS PODRAN REVOCARSE POR DECISION DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA O EXTRAORDINARIA, CONVOCADA A ESE EFECTO. LOS REQUISITOS Y DEMAS CONDICIONES, OBLIGACIONES, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ELECTOS NOMINADOS PARA CADA CARGO, COMO ASI LOS REQUISITOS PARA SESIONAR, PARA SEPARAR DE SUS CARGOS A LOS ELECTOS Y PARA LA REELECCION DE LOS MISMOS, DEBERAN ESTABLECERSE EN EL ESTATUTO TIPO Y EN LA REGLAMENTACION PERTINENTE QUE SE DICTE AL EFECTO.

ARTICULO 13.- EL COMITÉ EJECUTIVO, ESTARA FORMADO POR TRES (3) MIEMBROS
DE LA COMISION DIRECTIVA, CON FACULTADES PARA TOMAR DECISIONES QUE SEAN DE URGENCIA Y CONVENIENTES A LOS INTERESES DEL CONSORCIO, DE LAS QUE SE DARA CUENTA A LA COMISION DIRECTIVA EN LA PRIMERA REUNION MENSUAL QUE OBLIGATORIAMENTE DEBE REALIZAR. ESTARA CONSTITUIDO POR EL PRESIDENTE O VICEPRESIDENTE, CON EL SECRETARIO Y EL TESORERO. SU CONSTITUCION DEBERA DECIDIRSE EN REUNION DE COMISION DIRECTIVA Y CONSTAR EN EL ACTA RESPECTIVA A IGUAL QUE SUS MODIFICACIONES EN TODAS LAS OPORTUNIDADES QUE SE PRODUZCAN.

ARTICULO 14.- LA COMISION REVISORA DE CUENTAS ESTARA INTEGRADA POR DOS
(2) SOCIOS CONSORCISTAS ACTIVOS, UNO (1) TITULAR Y UNO (1) SUPLENTE, QUE REUNAN LOS MISMOS REQUISITOS PARA SER ELECTOS MIEMBROS DE LA COMISION DIRECTIVA, QUE SERAN DESIGNADOS POR LA MISMA ASAMBLEA GENERAL QUE ELIGE A LAS AUTORIDADES DEL CONSORCIO.
LOS REVISORES DE CUENTAS NO INTEGRAN LA COMISION DIRECTIVA Y TIENEN COMO FUNCION LA FISCALIZACION CONTABLE DE LO ACTUADO POR LA MISMA. DEBEN REALIZAR UN EFECTIVO CONTRALOR DE GASTOS E INGRESOS Y DEBEN SUSCRIBIR LOS ESTADOS CONTABLES E INVENTARIO GENERAL.

RECURSOS

ARTICULO 15.- CREASE UN FONDO ESPECIFICO PARA LA AGRICULTURA FAMILIAR
QUE SERA ADMINISTRADO POR LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES SEGUN CODIFICACION DEFINIDA POR EL INSTITUTO DE COLONIZACION DE LA PROVINCIA.
ESTE FONDO SE FORMARA CON LA APLICACION DE LA TOTALIDAD DE LA RECAUDACION DEL IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL; EL CINCUENTA (50) POR CIENTO SOBRE LOS INGRESOS DE RECARGO, INTERESES Y MULTAS RECAUDADOS POR LA DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA; LOS FONDOS DETERMINADOS POR LA LEY 5755/07; LA CUOTA PARTE DEL FONDO ALGODONERO QUE LE CORRESPONDA A LA AGRICULTURA FAMILIAR DE LA PROVINCIA; EL CINCUENTA (50) POR CIENTO DEL FONDO TABACALERO, LA CUOTA PARTE DEL FONDO LEY BONASSO QUE LE CORRESPONDA A LA AGRICULTURA FAMILIAR DE LA PROVINCIA; EL (100%) POR CIENTO DEL FONDO DE LA LEY CAPRINA.
ES AUTORIDAD DE APLICACION Y ENTE RECAUDADOR DE LOS IMPUESTOS DETERMINADOS, LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DEL CHACO.
EL FONDO RECAUDADO SERA DESTINADO Y AFECTADO A LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, Y DEBERA SER PUESTO A DISPOSICION DEL INSTITUTO DE COLONIZACION EN UNA CUENTA ESPECIAL QUE SE DENOMINARA "FONDO LEY DE LA AGRICULTURA FAMILIAR DE LA PROVINCIA" CON EL NUMERO DE LA PRESENTE, EN UN PLAZO NO MAYOR DE TREINTA (30) DIAS DESDE SU RECAUDACION, QUIEN A SU VEZ DEBERA TRANSFERIR A LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES EN EL TERMINO DE CINCO (5) DIAS HABILES, DESDE SU RECEPCION. LA EROGACION DE ESTE FONDO Y EL CORRESPONDIENTE USO DE LA PARTIDA PRESUPUESTARIA SERA DISPUESTA POR EL INSTITUTO DE COLONIZACION.


ARTICULO 16.- LOS RECURSOS DEL CONSORCIO DE SERVICIOS RURALES ESTARAN
FORMADOS POR LOS SIGUIENTES INGRESOS:
A) EL FONDO CREADO POR EL ARTICULO PRECEDENTE CUYA
COPARTICIPACION SERA DISTRIBUIDA EN LA FORMA QUE SE
DETALLA:
FONDO A: QUE CONSISTE EN EL SETENTA POR CIENTO (70%) DEL
TOTAL MENSUAL RECAUDADO, QUE SERA TRANSFERIDO A
LA TOTALIDAD DE LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS
RURALES RECONOCIDOS, PROPORCIONALMENTE A LA
CANTIDAD DE LOS MISMOS Y EN FUNCION A LAS
HECTAREAS DE TRABAJO QUE TENGAN CADA UNO DE
ELLOS REGISTRADOS ANUALMENTE EN EL INSTITUTO DE
COLONIZACION DE LA PROVINCIA. DE COMUN ACUERDO,
ENTRE LA ASOCIACION DE CONSORCIOS DE SERVICIOS
RURALES Y EL INSTITUTO DE COLONIZACION
ESTABLECERAN EL METODO DE DISTRIBUCION DE ESTE
FONDO.
FONDO B: QUE CONSISTE EN EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL
TOTAL MENSUAL RECAUDADO Y QUE PASARA A SER
DESTINADO A LA FORMACION DE NUEVOS CONSORCIOS
DE SERVICIOS RURALES, ASISTENCIA A LAS ZONAS DE
EMERGENCIA O DE DESASTRE CLIMATOLOGICO, COMO
ASI A LA INTRODUCCION DE MEJORAS TECNOLOGICAS
PARA SU MEJOR DESENVOLVIMIENTO Y PARA LA
CAPACITACION E INVESTIGACION PARA LA
AGRICULTURA FAMILIAR Y TODA OTRA ACTIVIDAD QUE
SE CONSIDERE DE INTERES GENERAL;
B) EL INGRESO POR EL PAGO DE LAS CUOTAS SOCIALES NORMALES
Y EXTRAORDINARIAS QUE EFECTUEN LOS SOCIOS ACTIVOS, DE
REPRESENTACION NECESARIA Y ADHERENTES, RESUELTA EN LA
ASAMBLEA;
C) LOS SUBSIDIOS, DONACIONES Y LEGADOS EN EFECTIVO, EQUIPOS
Y MATERIALES QUE RECIBA DE INSTITUCIONES PUBLICAS O
PRIVADAS O DE PARTICULARES;
D) LOS FONDOS PUBLICOS QUE SE LE ASIGNEN;
E) LOS RECURSOS EXTRAORDINARIOS QUE SIN DESVIRTUAR LOS
FINES DEL CONSORCIO, GENERE LA COMISION DIRECTIVA A
EFECTOS DE OBTENER FONDOS O CAPITALIZAR LA ENTIDAD;
F) OTROS FONDOS PROVENIENTES DE IMPUESTOS Y CONTRUBUCIONES
QUE SE CREAREN AL EFECTO O SE DESTINEN A ESTE FIN.

ARTICULO 17.- LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES DEBERAN LLEVAR LOS
REGISTROS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES REQUERIDOS POR LA DIRECCION DE LAS PERSONAS JURIDICAS.

LIBERACION DE REQUISITOS, TASAS E IMPUESTOS-GARANTIAS

ARTICULO 18.- QUEDAN EXCEPTUADOS DE LA APLICACION DE TASAS E IMPUESTOS
PROVINCIALES QUE GRAVEN LA TRANSFERENCIA DE BIENES Y SERVICIO A TITULO ONEROSO.

ARTICULO 19.- LAS ENTIDADES COMPRENDIDAS EN EL REGIMEN NORMADO POR LA
PRESENTE, QUEDAN LIBERADAS DEL PAGO DE LOS IMPUESTOS Y TASAS PROVINCIALES EXISTENTES A LA FECHA DE LA SANCION DE LA PRESENTE LEY O A IMPLEMENTARSE EN EL FUTURO QUE GRAVEN LOS TRABAJOS QUE ELLAS REALICEN.

ARTICULO 20.- LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA PODRAN ADHERIRSE A LA
PRESENTE, EN LO QUE RESPECTA A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO PRECEDENTE.

CONTROL Y FISCALIZACION

ARTICULO 21.- INDEPENDIENTEMENTE DE LOS CONTRALORES QUE PUEDAN EFECTUAR
OTROS ORGANISMOS, EL INSTITUTO DE COLONIZACION DE LA PROVINCIA SERA LA AUTORIDAD DE APLICACION DE LA PRSENTE LEY, TENDRA A SU CARGO EL CONTROL DE LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES, SUPERVISARA EN EL MARCO DE TALES FACULTADES LA GESTION GENERAL DE LOS MISMOS Y DE LOS TRABAJOS QUE SE REALICEN POR ESTE REGIMEN.
EL INSTITUTO DE COLONIZACION ESTABLECERA UN REGIMEN COMUN PARA TODOS LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES, QUE CONTEMPLE LA FORMA DE EFECTUAR LAS RENDICIONES DE CUENTAS DE PERCEPCION E INVERSION DE FONDOS.


ARTICULO 22.- PARA CUMPLIR LA FUNCION DE FISCALIZACION QUE EMANA DE LA
LEY, EL INSTITUTO DE COLONIZACION TENDRA LIBRE ACCESO A LOS
LIBROS DE ACTAS Y DE MOVIMIENTO DE FONDOS A QUE SE REFIERE LA REGLAMENTACION Y EL ESTATUTO, Y A TODA OTRA INFORMACION QUE CORRESPONDA SER SUMINISTRADA POR LA COMISION DIRECTIVA, APORTANDO LA DOCUMENTACION QUE LE SEA REQUERIDA.

INTERVENCION, FUSION O UNION Y DISOLUCION

ARTICULO 23.- LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES PODRAN SER INTERVENIDOS
POR EL INSTITUTO DE COLONIZACION, MEDIANTE RESOLUCION FUNDADA CUANDO SE COMPRUEBEN VIOLACIONES A LA PRESENTE LEY, SU REGLAMENTACION, ACEFALIA DE LA COMISION DIRECTIVA O INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS. LA INTERVENCION TENDRA EL CARACTER DE TRANSITORIA PARA LOGRAR LA PRONTA NORMALIZACION DE LA ENTIDAD.

ARTICULO 24.- EL INTERVENTOR SERA DESIGNADO POR EL INSTITUTO DE
COLONIZACION Y TIENE LAS MISMAS ATRIBUCIONES QUE LA COMISION DIRECTIVA; LA GESTION DEL INTERVENTOR TENDRA UN PLAZO DE TRES (3) MESES, RENOVABLE POR UN PERIODO IGUAL AL CABO DEL CUAL O DE LOS CUALES DEBERA HABER NORMALIZADO EL CONSORCIO O HABER PEDIDO SU DISOLUCION. EN AMBOS CASOS DEBERAN DETERMINARSE LAS RESPONSABILIDADES EMERGENTES A LA ACTUALIZACION DE LAS AUTORIDADES DEL CONSORCIO, A LOS EFECTOS QUE CORRESPONDIERE.
EN CASO DE DISOLUCION DEL CONSORCIO CUALQUIERA SEA SU CAUSA, SUS BIENES MUEBLES E INMUEBLES SERAN TRANSFERIDOS SIN CARGO AL INSTITUTO DE COLONIZACION DE LA PROVINCIA.

ARTICULO 25.- DOS (2) O MAS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES DE
JURISDICCIONES LINDERAS PUEDEN FUSIONARSE CUANDO EL FUNCIONAMIENTO DE CADA UNO DE ELLOS EN FORMA INDIVIDUAL RESULTE INCONVENIENTE A LOS INTERESES COMUNES. LA FUSION CORRESPONDERA CUANDO SE DETERMINE QUE DE LA UNION DE ESFUERZOS Y EQUIPOS PUEDE RESULTAR UN NUEVO CONSORCIO DE MEJOR OPERATIVIDAD. LA FUSION SURGIRA POR SOLICITUD DE LOS CONSORCIOS PETICIONANTES ANTE EL INSTITUTO DE COLONIZACION.

ASOCIACION DE CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES

ARTICULO 26.- LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES SE AGRUPARAN EN UNA
ASOCIACION QUE SE DENOMINARA "ASOCIACION DE CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES DE LA PROVINCIA DEL CHACO", CUYA FINALIDAD SERA LA DE REPRESENTAR A LOS MISMOS EN FORMA CONJUNTA O SEPARADAMENTE ANTE EL INSTITUTO DE COLONIZACION DE LA PROVINCIA, Y CUALQUIER OTRO ORGANISMO OFICIAL O PRIVADO EN CASOS DONDE EXISTA INTERES O RESULTE AFECTADO EL PATRIMONIO DE LOS MISMOS.

ARTICULO 27.- EL INSTITUTO DE COLONIZACION, ESTABLECERA PARA ESTA
INSTITUCION UN REGIMEN DE CUENTAS DE PERCEPCION E INVERSION DE FONDOS, LOS TOPES EN CONCEPTOS DE VIATICOS, CORTESIAS Y HOMENAJES O AGASAJOS, Y AQUELLOS DERIVADOS DE LA AFECTACION DE VEHICULOS PARTICULARES; LOS QUE SERAN ANALIZADOS Y APROBADOS ANUALMENTE EN LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA ASOCIACION.

ARTICULO 28.- LA ASOCIACION ESTARA INTEGRADA POR TANTOS MIEMBROS
TITULARES E IGUAL NUMERO DE MIEMBROS SUPLENTES COMO NUMERO DE DELEGACIONES ZONALES FUNCIONEN EN LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL INSTITUTO DE COLONIZACION, QUE SERAN ELEGIDOS CADA UNO DE ELLOS EN REPRESENTACION DE LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES DE CADA JURISDICCION.
EN LA PRIMERA REUNION, LOS MIEMBROS TITULARES CONSTITUIRAN LA COMISION DIRECTIVA BAJO ACTA LABRADA AL EFECTO Y DONDE POR VOTO DIRECTO DE LOS MISMOS, POR SIMPLE MAYORIA ELEGIRAN UN (1) PRESIDENTE, UN (1) SECRETARIO Y EL RESTO DE LOS TITULARES OCUPARAN LAS VOCALIAS TITULARES QUE RESULTEN.
LOS MIEMBROS REPRESENTANTES SUPLENTES OCUPARAN LAS VOCALIAS
VACANTES QUE RESULTEN, TODO ELLO DE ACUERDO A LO QUE SE ESTABLEZCA EN LA
REGLAMENTACION DE LA PRESENTE LEY. EL PRESIDENTE REPRESENTARA A LA ASOCIACION EN LOS TRAMITES A REALIZAR Y EN SU AUSENCIA SERA SUPLANTADO POR EL VOCAL PRIMERO, Y EN AUSENCIA DE ESTE, POR LOS VOCALES 2 Y 3 Y ASI RESPECTIVAMENTE. SI LA AUSENCIA ES DEFINITIVA, SERAN INCORPORADOS LOS MIEMBROS SUPLENTES OPORTUNAMENTE ELEGIDOS. LA DURACION DEL MANDATO SERA IGUAL AL DE LOS MIEMBROS DE LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES.

ARTICULO 29.- LA ASOCIACION TENDRA SU SEDE EN LA CIUDAD DE PRESIDENCIA
ROQUE SAENZ PEÑA, PROVINCIA DEL CHACO.

REGIMEN LEGAL DE LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES

ARTICULO 30.- SERAN DE APLICACION EN ESTE REGIMEN, ADEMAS DE LA PRESENTE
LEY Y SU DECRETO REGLAMENTARIO, EL ESTATUTO TIPO DEL CONSORCIO DE SERVICIOS RURALES Y SUPLETORIAMENTE LA LEY 969 -DE FACTO- Y LA LEY 1140 -DE FACTO- DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN SU RELACION CON LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL.

ARTICULO 31.- EL PODER EJECUTIVO REGLAMENTARA LA PRESENTE LEY DENTRO DE
LOS NOVENTA (90) DIAS DE SU PROMULGACION INCLUYENDO EL ESTATUTO TIPO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ARTICULO 32.- DENTRO DE LOS NOVENTA (90) DIAS A CONTAR DE LA FECHA DEL
DECRETO REGLAMENTARIO DE LA PRESENTE LEY, EL INSTITUTO DE COLONIZACION EFECTUARA LA ADAPTACION DE LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES AL REGIMEN LEGAL INSTRUMENTADO POR LA PRESENTE LEY.
DURANTE ESTE PLAZO LAS COMISIONES DIRECTIVAS DE LOS CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES EXISTENTES ASUMIRAN SIMULTANEA Y TRANSITORIAMENTE, EL ROL DE COMISIONES PROMOTORAS A EFECTOS DE LA REESTRUCTURACION, SI ASI CORRESPONDIERE, DEBIENDO EFECTUAR EL EMPADRONAMIENTO DE LAS DISTINTAS CATEGORIAS DE SOCIOS Y CONVOCAR A LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA, TODO DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE LEY Y SU REGLAMENTACION.

ARTICULO 33.- EL PODER EJECUTIVO EN EL PLAZO DEL ARTICULO ANTERIOR,
PROCEDERA A CONSTITUIR LA ASOCIACION DE CONSORCIOS DE SERVICIOS RURALES. DURANTE DICHO LAPSO LAS FACULTADES CONCURRENTES DEL ARTICULO 26 SERAN EJERCIDAS UNICAMENTE POR EL INSTITUTO DE COLONIZACION.

ARTICULO 34.- REGISTRESE Y COMUNIQUESE AL PODER EJECUTIVO.

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sábado, 7 de noviembre de 2009

CONCLUSIONES DEL PLENARIO DE ORGANIZACIONES DE LA AGRICULTURA FAMILIAR DEL 28-20-09
Al Señor Gobernador de la Provincia, a los Señores Ministros del Poder Ejecutivo, a los señores Diputados Provinciales en ejercicio y electos, a los señores Intendentes, y al pueblo de la provincia del Chaco:

Reunidos en el Aula Magna de la Universidad del Chaco Austral, expresamos el reconocimiento a las autoridades de esta casa de estudios que sentimos nuestra, en la persona de su Rector Ingeniero Walter López por mantener las puertas abiertas a los miles de productores de la Agricultura Familiar en cada oportunidad que necesitamos de su invalorable aporte. De igual modo vaya nuestro reconocimiento a las autoridades y delegados del Instituto de Colonización y Desarrollo Rural por la permanente presencia y aliento al fortalecimiento de las organizaciones y productores de la Agricultura Familiar, lo que ha posibilitado que en los últimos dieciocho meses, y quedando mucho camino por recorrer, hayamos avanzado como nunca en la historia de nuestra provincia.
Agradecemos esta nueva presencia del Señor Gobernador Jorge Milton Capitanich, con la que expresa su permanente acompañamiento y propensión al dialogo con los Agricultores Familiares de nuestra provincia, fundamental sin lugar a dudas para el logro del avance que expresáramos mas arriba.
Aprovechando esta presencia deseamos elevar al conocimiento del señor Gobernador y las demás autoridades provinciales las conclusiones de este Plenario elaboradas luego de una jornada en la que participaron trescientos ochenta y tres productores representantes de doscientas veintiséis organizaciones las que en su seno nuclean un total de ocho mil ciento cuarenta y cuatro familias campesinas.
En seis talleres se han debatido los siguientes temas: 1-Anteproyecto de Ley de Consorcios de Servicios Rurales; 2- Fuentes de Financiamiento para los Consorcios de Servicios Rurales, 3-Modelos Productivos Mejorados para la Agricultura Familiar; 4-El estado y la Agricultura Familiar; y, 5-Temas puntuales.
Estos seis talleres luego de cuatro horas de debate han sintetizado las siguientes conclusiones:

1-Anteproyecto de Ley de Consorcios de Servicios Rurales.
Estando ya incorporadas al anteproyecto las sugerencias realizadas en anteriores encuentros, se proponen como retoques finales las siguientes:
1.a)-A fin de garantizar la rotación en la conducción, establecer que el Presidente no pueda ser reelecto por más de una vez, fijando en consecuencia el límite de períodos consecutivos a dos. Se incluyan además limitaciones de reelección para el resto de los miembros a fin de evitar el atornillamiento de ciertos dirigentes a que tanto daño le causa a la democracia interna y al funcionamiento de las instituciones.
1.b)-Que por vía reglamentaria cada Consorcio fije el límite de hectáreas sobre las que cada productor recibirá asistencia del Consorcio a efectos de evitar una injusta distribución de los beneficios.
1.c)- Que se fije un límite de hectáreas de asistencia por Consorcio a fin de evitar macro Consorcios o mega estructuras generalmente ineficaces e ineficientes. En caso de necesidad se propiciará la creación de un nuevo Consorcio en la zona.
1.d)-Que se establezca que los productores retornarán en especias de su producción, o en servicios, un porcentual de la asistencia recibida a efectos de generar un fondo rotatorio que permita el fortalecimiento del Consorcio con el objeto de aumentar su capacidad de prestación.
1.e)-Que los Consorcios sean también una herramienta para gestionar la regularización de la tenencia de la tierra para sus asociados.
1.f)-Que una vez presentado el Proyecto de Ley, así como lo proponemos los productores, la Cámara de Diputados respete la voluntad expresada en el mismo por mas del ochenta por ciento de la Agricultura Familiar de la provincia y lo apruebe sin modificaciones.

2-Fuentes de financiamiento para los Consorcios de Servicios Rurales.
Se proponen como posibles fuentes de financiamiento las siguientes:
2.a)-Veinte por ciento (20%) de la Ley Algodonera Nacional.
2.b)-Cincuenta por ciento (50%) de las multas y recargos aplicados por la ATP.
2.c)-Un porcentual a fijar de los aportes de la Ley Bonasso a la provincia.
2.d)-Cien por ciento (100%) de la recaudación en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural.
2.e)-Cien por ciento (100%) del Fondo Tabacalero.
2.f)-Cien por ciento (100%) del Fondo Apícola.
2.g)-Cien por ciento (100%) del Fondo Caprino.
Se propone además incluir en el anteproyecto que éste financiamiento será depositado en forma mensual y automática en la cuenta de cada Consorcio en forma proporcional a los servicios prestados en el período inmediatamente anterior. Ello a efectos de evitar demoras que los trámites burocráticos pudieran generar y que en definitiva desvirtuarían uno de los objetivos de los Consorcios como es la asistencia en tiempo y forma.
Se propone que en las zonas donde ya haya Consorcios conformados y hasta que la ley se apruebe, la asistencia del estado, tanto en provisión de gasoil y semillas como otros aportes se canalice por intermedio de éstos y no exclusivamente a través de los Municipios, dado que dentro de la comisión del consorcio ya está prevista la participación de los mismos conjuntamente con los productores.

3-Modelos productivos mejorados para la Agricultura Familiar.
Se solicita que el gobierno de la provincia por intermedio de la Subsecretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar propicie la participación de los productores en el imprescindible diseño de modelos productivos mejorados para cada zona de la provincia. Al efecto se propone se suministre la información necesaria a los Consorcios ya conformados y a las organizaciones donde aún no los haya, y la asistencia de técnicos que permitan la organización de talleres de debate basados en la experiencia y el conocimiento como puntapié inicial para la fijación de protocolos de producción que garanticen sustentabilidad y rentabilidad.

4-El Estado y la Agricultura Familiar.
Debido a la altísima concentración de la administración del Estado en la ciudad capital de la provincia, y en especial organismos dependientes del Poder Ejecutivo, se entiende que el tan demandado federalismo de las provincias a la nación debe también darse dentro de los estados provinciales. Además resulta claramente inapropiado, atentatorio a la prestación del buen servicio, antieconómico y alejado de la posibilidad de acceso para la mayoría de los productores mas necesitados de la provincia la permanencia en la ciudad de Resistencia de los organismos estrechamente vinculados a la producción primaria. En consecuencia se solicita analice y de compartir los argumentos expuestos se tome la decisión inmediata descentralizar la administración del estado y el traslado al interior de los siguientes organismos:
4.a)-Administración Provincial del Agua (APA). Siendo ésta área la que debe asegurar la provisión de agua a las pequeñas poblaciones y a las zonas rurales resulta imprescindible su acercamiento al interior provincial por ser éste el mayor demandante de sus servicios;
4.b)-Instituto de Desarrollo Urbano y Viviendas. Una de las formas de evitar el éxodo rural hacia los pueblos, y la alta concentración poblacional en la capital, es la construcción de viviendas en las zonas rurales, cuanto menos el área de Viviendas Rurales debiera estar radicada en el interior provincial dándose prioridad y cobertura completa a las necesidades habitacionales de nuestros hermanos campesinos. Además solicitamos puntualmente que la vocalía que quedará vacante el 10 de diciembre por el alejamiento del diputado electo Fabricio Bolatti sea ocupada por una persona de extracción campesina y que tenga a su cargo el área de Viviendas Rurales y también articule las viviendas para pueblos originarios.
4.c)-Dirección de Personas Jurídicas. Son conocidas las enormes dificultades que tenemos centenares de organizaciones de pequeños productores y también otras organizaciones civiles para el logro de la personería jurídica y su sostenimiento. Más allá de la mejor buena voluntad de las autoridades y el personal de la misma, las cuestiones formales, legales y la distancia resultan una valla infranqueable para los que carecemos de los medios económicos para trasladarnos reiteradamente a Resistencia. Por ello estimamos que, cuanto menos una extensión de ésta Dirección al interior provincial, con personal idóneo que colabore en el asesoramiento, la redacción, y reciba para tramitar tanto las solicitudes como el mantenimiento de las Personerías Jurídicas es vital para el imprescindible encuadre de nuestras organizaciones en el marco que les permita un funcionamiento pleno con mayores prestaciones para sus asociados.
5.d)-Instituto de Colonización. Estimamos que el ochenta por ciento de las tierras fiscales de la provincia se ubican en la mitad norte de la misma. Esto significa que tanto los productores como el personal de éste organismo deben recorrer en cada viaje para gestionar y administrar las mismas entre quinientos y seiscientos kilómetros solo para llegar al lugar objetivo y regresar a su asiento. Carece de sentido para el Estado el gasto innecesario tanto en dinero como en tiempo mantener esta situación lindante con el absurdo. Además debe considerarse que más del noventa por ciento de los productores carecen de recursos para trasladarse a la ciudad de Resistencia para canalizar los trámites que necesariamente deben realizarse ante la administración central del organismo. Por ello y por un mejor control sobre las tierras fiscales solicitamos el traslado de la administración central de éste organismo al interior provincial. 6.e)-Dirección de Bosques. Por similares razones a las expresadas respecto del Instituto de Colonización; porque entendemos que ambos organismos deben trabajar en estrecha coordinación y porque una enorme cantidad de productores pobres viven de la explotación forestal, de la producción de leña y carbón, resulta absolutamente imprescindible el traslado de ésta Dirección con el objeto de acercarla a los destinatarios de sus servicios.
Si bien los productores estamos diseminados por todo el interior provincial, estimamos que la ciudad de Presidencia Roque Saenz Peña es el lugar más apropiado para concretar la descentralización solicitada dado que se ubica en el centro de la provincia y a ella confluyen todos los medios de transporte desde las distintas localidades del interior provincial. Es por ello que proponemos el establecimiento en ésta ciudad, y si fuera posible en un mismo espacio físico de todos los organismos arriba mencionados.

5-Temas puntuales.
5.1)-Ayuda extraordinaria. Como consecuencia de las pérdidas prácticamente totales de la producción, incluyendo la destinada al autoconsumo, se solicita una asistencia de emergencia hasta que podamos recuperar la capacidad productiva en la medida que lleguen las esperadas lluvias.
5.2)-Distribución de gasoil y semillas. Urgente distribución de gasoil y semillas con la consiguiente revisión de los listados de beneficiarios, a efectos de no perder la posibilidad de siembra en las zonas donde ya ha llovido, y preparación de los suelos a la espera de ellas donde aún no han llegado.
5.3)-Centros de Salud. Reconociendo que se han producido mejoras sustanciales en las prestaciones de salud, se solicita mantener los controles respecto del funcionamiento de los centros y puestos sanitarios en las villas y zonas rurales. En El Paraisal y El Tacuruzal, por ejemplo sería muy importante contar con la presencia de profesionales ginecólogos y pediatras. 5.4)-Educación. También en ésta área observamos una mayor presencia del Estado, no obstante resta generar mayores controles tanto relacionados a la asistencia y aplicación de los docentes como a la exigencia de la asistencia obligatoria de los niños. Estimamos que para éste último punto debe vincularse y condicionarse todo tipo de asistencia a las familias a que éstas cumplan con la obligación de enviar a sus hijos a la escuela. También, y con el objeto de que nuestros hijos no sean futuros pobladores de villas de emergencia solicitamos la adecuación de las curriculas de las escuelas rurales orientándolas a la formación de hombres y mujeres mejor preparados para la producción de alimentos. Entendemos que las escuelas de formación agropecuaria deben promoverse en todo el territorio provincial con toda la infraestructura necesaria en lo edilicio, financiero, humano y tecnológico a fin de garantizar los resultados. Por último, a nuestros docentes les pedimos encarecidamente que no sea el aprendizaje de nuestros hijos una herramienta de lucha. Las revindicaciones más válidas quedan viciadas si para lograrlas se hipoteca el futuro de los niños.
5.5)-Política y democracia. Aunque obvio, creemos necesario señalar que los miles de productores aquí representados tenemos las mas diversas pertenencias políticas. Nuestras organizaciones de igual manera reúnen todo el universo partidario, pero a la hora de promover, impulsar y gestionar nuestras demandas, lo hacemos sin ningún tipo de distinciones ni partidismos.
Somos concientes de su valor porque sufrimos duramente su ausencia, por ello en nuestras organizaciones, promovemos, custodiamos y practicamos la democracia participativa respetando las decisiones de las mayorías garantizando los derechos de las minorías. En virtud de ello consideramos una obligación ciudadana expresarnos sobre el derecho a la Presidencia de la Cámara de Diputados de la provincia a resolverse el 10 de diciembre. Al respecto manifestamos que la soberanía popular y sus expresiones constituyen el mandato supremo de la vida democrática, por lo tanto, y mas allá de la paridad numérica en la conformación del cuerpo, los últimos resultados electorales expresaron con absoluta claridad la voluntad y el mandato hacia quienes son nuestros representantes por lo que exigimos sean fieles y leales mandatarios de la decisión mayoritaria por encima de todo otro interés que será siempre inferior a la obligación de custodiar la plena vigencia del respeto al funcionamiento ético pleno de éste poder vital en el funcionamiento de las instituciones democráticas.

Presidencia Roque Saenz Peña, 28 de octubre de 2009.-